¿Qué puedo hacer si el vehículo que compré tiene un defecto que no detecté al momento de la venta?

Un defecto descubierto después de la venta se denomina en la jerga jurídica defecto oculto. Será entonces necesario demostrar que existe una defecto oculto Por lo tanto, se trata de una acción de garantía contra vicios ocultos. La prueba de vicios ocultos es más fácil de aportar en la venta de un vehículo usado que en la de uno nuevo.

A pericia legal o amistosa A veces es necesario para saber saber si el vicio fue anterior a la venta y si el defecto pudo haber afectado el uso de la propiedad.

Al tratarse de un vehículo nuevo, el defecto oculto podría corresponder a un fallo de fabricación o de diseño. Por ejemplo, elun defecto en el motor de un vehículo nuevo atribuible al fabricante. La acción de garantía por vicios ocultos la puede ejercer el comprador o incluso el subcomprador (es decir la persona que adquiere el vehículo usado) contra el fabricante pero tendrá que probar el vicio oculto debido a culpa del fabricante. El defecto debe comprometer el uso de la cosa. Él El defecto debe ser verdaderamente prohibitivo para que se tome la acción. En los defectos ocultos puede prosperar.

Se deben cumplir cuatro condiciones:

En primer lugar, el defecto de la cosa debe comprometer su uso, es decir que debido a su defecto, el comprador ya no pueda utilizar el vehículo.

EL Oficina de mí ZAKINE Se trata de abordar este tipo de dificultades. El señor Zakine interviene en toda Francia para este tipo de litigios.

Registrado en el Bar de Grasse, opera en Grasse, Antibes, Cannes, Niza, Cannes, Draguignan, Saint-Tropez pero también en la región parisina (Villepinte, Pontoise, etc.), París 75, Burdeos, Lyon, Marsella, Aix en Provence y Toulouse, Cagnes sur Mer, Saint Paul de Vence, París, Villepinte, Bezons, Cergyn Pontoise, Burdeos, Lyon, Marsella, Toulouse, Isla de Francia, Perpiñán, Mont de Marsan, Rennes, Nantes, Nancy e incluso Metz y Thionville.

Por ejemplo, un subcomprador de un vehículo de segunda mano compra un vehículo y después de 200 kilómetros, el vehículo se avería, lo que puede dar lugar a una acción de garantía por defectos ocultos.

En segundo lugar, es necesario que el El defecto es anterior a la venta y que se revele después de la venta. A menudo, es la organización de una tasación pericial la que determinará si el defecto era o no anterior a la adquisición del vehículo.

En tercer lugar, Como su nombre lo indica, se trata de una acción por vicios ocultos.
Por tanto, el defecto o defecto queda oculto durante la venta, es decir, no es evidente. Esto no significa que el vendedor supiera que un defecto afectaba al vehículo. Esto sólo significa que el comprador no pudo haber descubierto este defecto en el momento de la venta.
Si el El vendedor conocía este defecto y el comprador logra demostrar el conocimiento del defecto. oculto, esto le dará al comprador una segunda base para su acción de garantía contra defectos ocultos que también estarán basados en el fraude.
El fraude se caracteriza por maniobras fraudulentas destinadas a engañar al comprador para que compre la propiedad.

Por lo tanto, se excluye el defecto aparente.

Sin embargo, la existencia de un defecto aparente todavía permite al comprador profano, es decir no profesional, solicitar la nulidad de la venta o una indemnización por daños y perjuicios.
De hecho, se considera que, como no profesional, no pudo detectar ningún problema ni siquiera después de inspeccionar el coche.
Es la experiencia la que determinará si el defecto era aparente pero no detectable. Por ejemplo, un defecto en la bomba de aceite del motor de un vehículo de motor es un defecto que normalmente no se puede detectar).

Finalmente, el defecto no debe ser conocido por el comprador en el momento de la venta. Esto es bastante obvio ya que, si el comprador compró el vehículo es porque no pudo haber detectado ningún defecto antes de la venta.

Así, el comprador dispone de dos años desde el descubrimiento del defecto para emprender acciones contra el vendedor, el constructor o ambos.

El comprador puede elegir entre una acción para rescindir la venta (cancelación de la venta) o para reducir el precio de venta (la reducción del precio de venta se produce mediante la concesión de una indemnización que reduce el precio de venta).

La carga de la prueba recae en el comprador. Corresponde, por tanto, a este último demostrar que existía un vicio oculto en el momento de la venta y luego solicitar la cancelación de la venta o la concesión de una indemnización por parte del Juez.

La prueba se puede aportar por cualquier medio.

La experiencia es la mejor manera de aportar pruebas cuando son contradictorias. Puede ser amistoso o judicial.

EL El Gabinete Cécile ZAKINE le apoya sobre cuestiones de vicios ocultos que puedan surgir tras la adquisición de un vehículo de motor nuevo o usado.

El Sr. Zakine trabaja en toda Francia: Antibes, Grasse, París, Burdeos, Lyon, Marsella, Toulouse, Ile de France, Neuilly sur Seine, Boulogne, Villepinte, Bezons, Pontoise, Toulon, Dijon, Burdeos, Saint Tropez, Var, Draguignan, Perpignan, Monte de Marsan, Rennes, Nantes, Estrasburgo, Nancy e incluso Metz y Thionville.

No dude en ponerse en contacto con Me Zakine, quien podrá ayudarle con todas estas preguntas.

Me Zakine también te recibirá por videoconferencia que podrás concertar cuando quieras a través de su sitio web: https://calendly.com/maitre-zakine

Le apoya y orienta para que la prueba de un vicio oculto, que es el centro de la acción para garantizar los vicios ocultos, pueda ser comunicada claramente.

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Abogado en Antibes, inscrito en el Colegio de Abogados de Grasse. Interviene en toda Francia. Derecho laboral, litigios en el trabajo. Litigios inmobiliarios y derecho de copropiedad. Problemas de construcción (VEFA,..)Respuesta rápida, motivada y comprometida. No dude en ponerse en contacto con el abogado en Antibes: Maitre Zakine. o a pida una cita en línea para una consulta.