Preguntas frecuentes
¡UN CONTRATO DE TRABAJO NO PUEDE CONTENER NINGÚN TIPO DE CLÁUSULA!
Ante el florecimiento de su desarrollo, la empresa Y desea contratar numerosos empleados para satisfacer las crecientes demandas de los clientes. Se pregunta si determinadas cláusulas están prohibidas por el Código del Trabajo o si la libertad contractual le permite insertar todas las cláusulas de su elección.
➣ DETERMINADAS CLÁUSULAS NO PUEDEN INTEGRARSE EN EL CÓDIGO DEL TRABAJO:
• Cláusula que establece una sanción económica: el empleador no puede imponer multas ni sanciones económicas.
• Cláusula que haría responsabilidad del empleado pagar las contribuciones patronales seguridad social.
• Cláusula de competencia y cláusula de arbitraje: una cláusula que prevea de antemano la competencia de un tribunal laboral específico sería nula, al igual que la cláusula que permitiría someter el conflicto a un árbitro.
• Cláusula de rescisión del contrato de trabajo: un contrato de trabajo no puede contener una cláusula que prevea la rescisión automática del contrato por tal o cual hecho.
• Cláusula que prohíbe el uso de la huelga: el derecho de huelga es un derecho reconocido constitucionalmente y el uso de la huelga no puede ser prohibido por el empleador.
• Cláusula que permitiría al empleador modificar unilateralmente un elemento del contrato de trabajo Trabajo: la modificación de un elemento del contrato de trabajo sólo puede resultar del acuerdo expreso del trabajador..
LA CLÁUSULA DE NO COMPETENCIA: ¡PRECAUCIÓN Y RIGOR!
La empresa Y desarrolla su actividad en un campo muy especializado y no quiere que los empleados, que han adquirido todos los conocimientos y habilidades necesarios, decidan algún día dejar la empresa para competir en un campo muy específico.
Se pregunta cómo redactar una cláusula de no competencia porque sabe que este tipo de cláusulas genera muchas disputas.
una cláusula de no competencia insertada en un contrato de trabajo prohibida al empleado, realizar una actividad profesional competidora de la de su empleador una vez extinguido su contrato de trabajo. Para que la cláusula de no competencia se considere válida deben cumplirse cuatro condiciones acumulativas:
– ser necesario para la protección de los intereses legítimos de la empresa (en función, en particular, de los conocimientos adquiridos por el empleado durante el ejercicio de su actividad profesional);
– estar limitada en el tiempo y en el espacio: si no se especifica la delimitación geográfica, la cláusula podrá cancelarse;
– tener en cuenta las especificidades del trabajo del empleado;
– incluir la obligación del empleador de pagar el empleado compensación financiera
➣ Consecuencia : en caso de prejuicio sufrido por la ilegalidad de la cláusula que logra demostrar, el empleado puede obtener daños y perjuicios e intereses.
LA CLÁUSULA DE EXCLUSIVIDAD EN EL CONTRATO DE TRABAJO
Para reforzar la fidelidad de sus empleados, la empresa X pretende incluir ahora una cláusula de exclusividad en sus contratos.
¿Es legal la cláusula de exclusividad?
El empleador puede incluir en el contrato de trabajo una cláusula de exclusividad que prohíba al trabajador realizar otra actividad profesional, incluso si esta otra actividad no es competitiva.
La cláusula de exclusividad se aplica durante la ejecución del contrato de trabajo y no más allá de la terminación del contrato de trabajo (a diferencia de la cláusula de no competencia).
ATENCIÓN: la cláusula de exclusividad sólo puede incluirse en un contrato de trabajo a tiempo completo, pero sigue prohibida en el contexto de un contrato a tiempo parcial.
➣ EMPLEADOS QUE CREAN O ASUMEN UNA EMPRESA
El Código del Trabajo especifica que el empleador no puede imponer ninguna cláusula de exclusividad por un período de un año al empleado que crea o asume una empresa, incluso en presencia de una estipulación contractual o convencional en contrario.
La redacción del contrato de trabajo requiere ser acompañado de un abogado experto en la materia para evitar cualquier conflicto durante la ejecución del contrato de trabajo.