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Empleadores, empleados: ¡la carga de la prueba de las horas extras se comparte!
Sobre sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal de Casación de 2 de octubre de 2019 (recurso n° 18-10.684)
El artículo L. 3171-4 del Código del Trabajo establece que, en caso de litigio relativo a la existencia o al número de horas de trabajo trabajadas, el empleador deberá proporcionar al juez los elementos que puedan justificar las horas realmente trabajadas. empleado.
En la práctica, para evaluar plenamente las pruebas presentadas en el debate es necesario que la carga de la prueba recaiga tanto en el empleador como en el empleado.
El empleado deberá aportar pruebas básicas de la realización de las horas extras: tabla, correos electrónicos enviados en determinados momentos, hoja, agendas, captura de pantalla que permita comprobar la fecha y hora, etc.
El empleador deberá demostrar que el empleado no ha realizado horas extras aportando pruebas concretas.
En este caso, un empleado exigió el pago de sus horas extras.
El Tribunal de Apelación desestimó el recurso del empleado por considerar que las pruebas aportadas eran insuficientes.
El Tribunal Superior reprocha al juez de primera instancia no haber explicado el cuadro resumen de horas extraordinarias elaborado por el empleado.
Es importante mantener actualizado un cuadro resumen de las horas extras, ya sea por parte del empleador o del empleado, y contar con todas las pruebas que acrediten si se trabajaron o no horas extras.
Por lo tanto, en caso de disputa, será más fácil ganar su caso.
La empresa Cécile ZAKINE insiste en la necesidad de protegerse de escritos en el marco de la relación laboral en cualquier ámbito (culpa, horas extraordinarias, bajas, conflictos, etc.) y apoya tanto a los empleadores como a los empleados en la gestión con el tiempo.